Hasta cuatro años de prisión y multas de 56 mil a 113 mil pesos serán las sanciones para quienes cometan el delito de acecho, recientemente tipificado por el Congreso del Estado de Campeche. Esta reforma al Código Penal tiene como objetivo brindar mayor protección a las víctimas de conductas que alteran su seguridad y tranquilidad.
El acecho se define como seguir, vigilar o comunicarse persistentemente con alguien sin su consentimiento, generando miedo o angustia.
El delito se perseguirá por querella de parte, lo que significa que la víctima debe denunciar para que las autoridades actúen. Las penas se incrementarán si la víctima es vulnerable (mujeres, menores, adultos mayores o personas con discapacidad) o si el acechador utiliza dispositivos tecnológicos para hostigar.
Además, la pena aumentará hasta un 50% si el acecho obliga a la víctima a cambiar su rutina, como modificar su residencia, trabajo o redes sociales.
Esta reforma responde a la creciente preocupación social, especialmente tras un incidente ocurrido el 14 de abril, cuando un hombre fue captado siguiendo a una joven hasta su casa en Solidaridad Urbana, lo que generó alarma en la comunidad. Aunque la víctima no fue agredida, el suceso evidenció la falta de vigilancia y respuesta de las autoridades.
Con esta legislación, Campeche refuerza la protección de las personas afectadas por el acecho, sumándose a otras entidades que han tipificado este delito para garantizar un entorno más seguro.






