De 13 años de presión será la pena

Delitos sexuales en contra de menores serán perseguidos de oficio

Para perseguir de oficio el delito de abuso sexual en contra de menores de edad, independientemente de su condición física o mental que lo haga susceptible de alguna discapacidad, diputados de los partidos Morena, PRI, PAN y MOCI en el Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad reformar diversos artículos del Código Penal del Estado.

En la vigésima segunda sesión ordinaria, las y los legisladores locales avalaron el dictamen para derogar la fracción V y reformar los párrafos tercero y cuarto del artículo 169 de esta ley, el cual señala que no se requerirá denuncia de la víctima, sino que bastará que la autoridad conozca los hechos por cualquier persona.

Dicha acción legislativa protege el interés superior del menor, pues todas las niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a vivir una vida libre de violencia.

Así, la reforma establece que se impondrá una pena de seis a 13 años de prisión y multa de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización. No obstante, la penalidad aumentará en una mitad en su mínimo y en su máximo, si se hiciera uso de la violencia, si la víctima padeciera alguna discapacidad, o por su condición física o mental no tuviera la capacidad de comprender el hecho.

Y cuando exista una relación sentimental o el agresor aproveche su autoridad o ejerza la patria potestad, tutela o curatela, se suspenderá la convivencia entre la víctima y su agresor, y éste perderá los derechos que estuviere ejerciendo sobre la víctima.

Con el mismo sentido de la votación se aprobó reformar la fracción V del artículo 99 y adicionar una fracción VIII Bis al artículo 4 y una fracción XXIII Bis al artículo 113 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, para incorporar el modelo de ‘Crianza Positiva’.

Además, establece la obligatoriedad de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, o tengan bajo su cuidado niñas, niños o adolescentes, asegurarles un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia para el pleno, armonioso y libre desarrollo de su personalidad, basado en el cuidado y relaciones respetuosas y participativas.

Mientras que las autoridades estatales y municipales capacitarán sobre crianza positiva, para erradicar las prácticas de castigo corporal, castigo humillante o denigrante, o cualquier tipo o forma de violencia.

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